sábado, 14 de mayo de 2011

5.6 ORGANIZACIONES INTERNACIONALES NO GUBERNAMENTALES. (ONGs)


Son entidades muy diversas y numerosas (más de 5000) que participan en la vida nacional e internacional como grupos de presión, o como fuerzas transnacionales. Su estatuto jurídico suele ser de derecho interno. En aquel Estado donde tenga su sede social la ONG de que se trate, tendrá un estatuto. El derecho internacional contemporáneo les reconoce también un cierto estatuto jurídico, así participan en algunas conferencias diplomáticas, incluso en algunos debates y deliberaciones de la asamblea general de las naciones unidas. También disfrutan del estatuto jurídico de observadores en alguna organización internacional, como por ej.: en el comité económico y social de las comunidades europeas y en el consejo económico y social de las naciones unidas, conforme al art. 71 de la carta de San Francisco, según el cual ese organismo puede hacer consultas a cualquier ONG.
Su ámbito de acción es muy amplio. Unos representan a profesiones o a sectores de la actividad económica, como sucede con muchas de las que colaboran con la oficina internacional del trabajo en el seno de la Organización Internacional del Trabajo, o con otras que colaboran con la Organización Mundial de la Salud, las que colaboran con la FAO, o las que desempeñan sus actividades en el campo académico, técnico, en labores humanitarias o sociales.
La personalidad jurídica de las organizaciones internacionales no gubernamentales suele ser de derecho interno, pero hay normas internacionales, que tratan de facilitar el reconocimiento de la personalidad jurídica internacional de las ong, es el caso del convenio del 24 marzo del 1986 en el seno del consejo de Europa. A pesar de sus límites de personalidad jurídica internacional, las organizaciones no gubernamentales tienen y es de justicia reconocerlo, una importante relevancia en el derecho internacional contemporáneo.
Actividades importantes como:
La promoción del desarrollo, constitución de la paz, protección de la naturaleza y del medio ambiente y la protección de los derechos humanos. (amnistía internacional).
En ciertas ocasiones también la actividad de las organizaciones no gubernamentales es la que está en la base de algunos convenios internacionales. Es el caso del convenio europeo contra la tortura, adoptado por el consejo de Europa; pero que fue iniciado y promovido por una ONG, que es el comité suizo contra la tortura.
También la conferencia diplomática para la reafirmación y el desarrollo del derecho internacional humanitario, celebrado en Ginebra entre 1974 y 1977, trabajó sobre proyectos que habían sido preparados por otra ONG (El comité internacional de la Cruz Roja).

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