domingo, 22 de mayo de 2011

7.4 VATICANO Y SANTA SEDE.


Así pues, la Santa Sede y el Estado de la Ciudad del Vaticano (ECV) son, para el Derecho internacional, sujetos distintos. Tienen diferente naturaleza jurídica (mientras la Santa Sede es el órgano del gobierno universal de la Iglesia Católica, el ECV es un Estado que garantiza la actuación de la Santa Sede). Sus fines son distintos: los de la Santa Sede, espirituales y morales; los del ECV, cubrir el funcionamiento técnico del propio Estado. Por esto, también varía su ámbito de actuación: sobre materias técnicas el ECV, sobre todo lo relacionado con el hombre especialmente en el aspecto moral y espiritual, la Santa Sede.
Ambos sujetos de derecho internacional se personifican en la misma cabeza: el Romano Pontífice.
ante las CRÍTICAS
A pesar de estas realidades, algunos se han quejado de que la Iglesia Católica sea la única religión con estatuto de Estado en la ONU, lo que dicen algunos representantes de ONGs significa una discriminación hacia otras confesiones religiosas.
El canonista de la Universidad de Navarra Carlos Soler puntualiza que «la discriminación es una diferencia injustificada, y en este caso la diferencia está sobradamente justificada». Añade: «si ninguna otra institución religiosa ha pretendido un estatuto similar, no es culpa de la Santa Sede». Por otra parte, continúa Soler, «la Iglesia Católica es la única religión dotada simultáneamente de carácter universal y de un régimen centralizado». Las otras confesiones religiosas no constituyen una unidad jurisdiccional, o -varias- están vinculadas a algún país en concreto.
En unas declaraciones a La Croix, el Secretario para las Relaciones con los Estados Mons. Jean-Louis Tauran, preguntado sobre si la Santa Sede desearía que otras religiones gozasen de un estatuto semejante, respondía que «no se puede reescribir la historia», y aludía de nuevo al carácter unitario de la Iglesia. «Las otras confesiones apuntaba tienen otros medios de dar a conocer sus puntos de vista, a través de los representantes de los países a los que pertenecen sus fieles; pienso, en particular, en las Iglesias nacionales establecidas». En cualquier caso, no parece que la Santa Sede se fuese a oponer al reconocimiento de una religión, si cumpliese con los requisitos para ser considerado como Estado.

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